El Impuesto a la Renta de Tercera Categoría es un tributo que se
determina anualmente, para aquellos que se encuentren en el Régimen General o
en el Régimen MYPE Tributario - RMT. Su cómputo se inicia el 01 de enero y
finaliza el 31 de diciembre de cada año. Esta categoría de renta grava los
ingresos que provengan de las personas naturales con negocio, todo tipo de
renta que obtengan las personas jurídicas, y así también las rentas que se
consideren como Tercera Categoría por mandato de la misma Ley.
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