miércoles, 8 de enero de 2020

CONVERTIR XML A PDF FACTURA ELECTRONICA PERU

CONVERTIR DE XML A PDF EN LÍNEA PARA FACTURA ELECTRONICA – PERÚ


A través del siguiente enlace podrás convertir en línea tus archivos  XML a PDF de facturas electrónicas.
















viernes, 3 de enero de 2020

REGÍMENES TRIBUTARIOS PARA EL 2020- SUNAT


Si inicias un negocio, debes elegir un régimen tributario a fin de cumplir con tus obligaciones tributarias. El régimen tributario establece la manera en la que se pagan los impuestos y los niveles de pagos de los mismos.
Existen cuatro regímenes tributarios que tienen sus propias características en función a sus actividades, niveles de ingresos o de compras, tipo de comprobante de pago que pueden emitir y que debes conocer.



Nuevo Régimen Único Simplificado - NRUS
En el NRUS solo pueden estar las personas naturales y sucesiones indivisas, por lo que, si inicias un pequeño negocio como una bodega, puesto de mercado, zapatería, bazar, pequeño restaurante, juguería, peluquería, entre otros y debes emitir Boletas de Venta, este régimen es para ti. En este régimen hay actividades no comprendidas, más información aquí.

Régimen Especial de Renta - RER
En el RER se encuentran las personas con negocio y personas jurídicas que obtengan rentas provenientes de actividades de comercio y/o industria, y actividades de servicios. En este régimen hay actividades no comprendidas, más información aquí.



Régimen MYPE Tributario - RMT
Creado para las micro y pequeña empresa con el objetivo de promover su crecimiento al brindarles condiciones más simples para cumplir con sus obligaciones tributarias.



Régimen General
Dirigido a las medianas y grandes empresas (personas con negocio o personas jurídicas), que generan rentas de tercera categoría; asimismo, a las asociaciones de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio y cualquier otra ganancia o ingreso obtenido por las personas jurídicas.








CRONOGRAMA DE OBLIGACIONES MENSUALES 2020

Mediante Resolución de Superintendencia Nº 269-2019/SUNAT, que fue publicada el 28 de diciembre se establecen los cronogramas para el cumplimiento de las obligaciones tributarias mensuales para el ejercicio 2020.




Asimismo, es preciso mencionar que los cronogramas mencionados establecen un vencimiento especial para los Buenos Contribuyentes y las Unidades Ejecutoras del Sector Público (UESP).








PROCEDIMIENTO PARA GENERAR LA SUSPENSION DE RETENCIONES DE CUARTA CATEGORÍA 2020


PROCEDIMIENTO PARA GENERAR LA SUSPENSION DE RETENCIONES DE CUARTA CATEGORÍA





Ingrese a: www.sunat.gob.pe y seleccione la opción “Operaciones en línea SOL”


Luego haga clic en el botón Ingresar de “Mis Trámites y Consultas”


Complete la información requerida con el RUC/USUARIO y CONTRASEÑA, luego presione iniciar sesión.


En la sección accesos directos, dar clic en la opción “Suspensión de Retenciones de 4ta Categoría”
 
El sistema el solicitara la siguiente información: Fecha en que comienza a percibir ingresos por rentas de cuarta categoría.



En caso aún no perciba ingresos de cuarta categoría, consigne la fecha en que espera obtenerlos. La fecha no puede ser mayor al 31 de diciembre del año en que presenta la solicitud (2020).


Fecha en que comienza a percibir ingresos por rentas de cuarta: Consigne la fecha en que percibió sus primeros ingresos por rentas de cuarta categoría. En caso aún no perciba ingresos de cuarta categoría, consigne la fecha en que espera obtenerlos (actual o futuro). La fecha no puede ser mayor al 31 de diciembre del año en que presenta la solicitud (año actual).


Si la fecha indicada es anterior al periodo precedente al anterior en que genera la solicitud: Consigne el monto total de ingresos percibidos por cuarta y/o quinta categoría durante el período de referencia (12 meses anteriores al mes precedente al anterior a aquel en que se presente la solicitud).


Si la fecha indicada es igual o posterior a la fecha en que genera la solicitud: Consigne el monto de ingresos brutos de Rentas de cuarta y/o quinta categoría que proyecta percibir hasta fin de año.

Finalmente procesada la información, obtendrá el resultado de inmediato y podrá imprimir y/o enviar a un correo electrónico su “Constancia de Autorización”.




IMPORTANTE: La suspensión de retenciones de cuarta categoría surte efecto respecto de las rentas de cuarta categoría que se pongan a disposición del contribuyente a partir del día calendario siguiente de su otorgamiento.