Los emisores electrónicos obligados
que soliciten la impresión de documentos físicos (Facturas, Boletas de Venta y
Notas vinculadas a estas) para ser utilizados en las situaciones de
contingencia, a partir del 01.08.2018 deberán de cumplir con requisitos adicionales
según se indica a continuación:
LÍMITE DE AUTORIZACIÓN DE IMPRESIÓN:
Los
“emisores electrónicos obligados” podrán solicitar la impresión de documentos
físicos de acuerdo a los siguientes límites:
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