El Impuesto a la Renta de Tercera
Categoría es un tributo que se determina anualmente, para aquellos que se
encuentren en el Régimen General o en el Régimen MYPE Tributario - RMT. Su
cómputo se inicia el 01 de enero y finaliza el 31 de diciembre de cada año.
Esta categoría de renta grava los ingresos que provengan de las personas
naturales con negocio, todo tipo de renta que obtengan las personas jurídicas,
y así también las rentas que se consideren como Tercera Categoría por mandato
de la misma Ley.
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