Continuando con su política de facilitar el cumplimiento y reducir el
costo de las obligaciones tributarias, la SUNAT ha dispuesto que la
comunicación (alta) o modificación de establecimientos anexos se pueda realizar
también a través de SUNAT Virtual, según se establece en la Resolución de
Superintendencia N° 316-2017/SUNAT publicada el 29 de noviembre de 2017.
Para realizar el trámite sólo será necesario ingresar a SUNAT Virtual
(www.sunat.gob.pe) con su Clave SOL e informar los datos requeridos para dicho
trámite:
a. El tipo de establecimiento (casa matriz, sucursal, agencia, local
comercial o de servicios, sede productiva, depósito o almacén, oficina
administrativa y demás lugares de desarrollo de la actividad).
b. El domicilio (dirección exacta de ubicación del establecimiento anexo).
c. La condición del inmueble declarado como establecimiento anexo (propio,
alquilado, cedido en uso u otros).
Actualmente son más de 4000 trámites mensuales de altas o modificaciones
de establecimientos anexos que se realizan en los Centros de Servicios al
Contribuyente, los cuales podrán ser realizados ahora desde la comodidad de su
hogar u oficina, a través de SUNAT Virtual.
Cabe
señalar que este trámite se incorpora a otros trámites del RUC1 que ya se realizan en forma virtual tales
como:
·
Actualización de datos de contacto
·
Modificación de Domicilio fiscal
·
Confirmación de domicilio
·
Condición del inmueble declarado como
domicilio fiscal.
·
Suspensión Temporal y/o Reinicio de
actividades
·
Alta y Baja de tributos afectos
·
Baja de establecimientos anexos.
·
Baja de inscripción en el RUC de
personas naturales, sociedad conyugal y sucesiones indivisas por cierre o cese.
·
Actualización de datos del RUC:
Nombre comercial, Actividad económica principal y/o secundaria, Código de
profesión u oficio, Sistema de emisión de comprobantes de pago, Sistema de
contabilidad, entre otros.
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