A PARTIR DEL 02 DE JULIO DE 2018
Sólo podrás generar la autorización
para la impresión de tus comprobantes de pago físicos a través del Formulario
Virtual 816 (1), utilizando tu Clave SOL.
Condiciones
para solicitar la autorización de impresión de tus comprobantes de pago físicos
a partir del 02 de julio de 2018:
Ser
contribuyente con RUC ACTIVO y con domicilio fiscal HABIDO.
Tener
registrados los tributos correspondientes (régimen tributario) a los
comprobantes de pago que requieras.
Confirmar
o actualizar tu número de teléfono celular y dirección de correo electrónico,
los cuales serán validados con el código de verificación. Si no estás afecto a
rentas de tercera categoría, debes haber comunicado en el RUC, tu número de
celular o correo electrónico.
Haber
presentado las declaraciones pago correspondientes de los últimos seis meses
vencidos.
Haber
generado el Registro de Ventas e Ingresos y Registro de Compras de manera
electrónica de los últimos 12 meses inclusive si no ha tenido operaciones,
siempre que se encuentre obligado.
Haber
presentado la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta por rentas de
tercera categoría del último ejercicio vencido, de estar obligado.
Para
solicitar la autorización de impresión de tus comprobantes de pago físicos
(Formulario Virtual 816) sigue los siguientes pasos:
Ingresa
con tu Clave SOL, en la opción “Trámites y Consultas” del Portal de la SUNAT y
registra el Formulario Virtual N°816. El sistema validará si cumples los
requisitos y te solicitará identificar la imprenta a la cual encargarás la
impresión de tus comprobantes.
A la
imprenta que selecciones, le comunicaremos tu solicitud de impresión a través
del Buzón SOL.
Cuando
la imprenta acepte esta solicitud, el sistema generará el número de
autorización y te la comunicaremos al Buzón SOL.
(1) El contribuyente del Nuevo Régimen Único Simplificado puede
optar por solicitar la autorización de impresión y/o importación de documentos
mediante el Formulario N.° 816 - “Autorización de impresión a través de SUNAT
Operaciones en Línea” hasta el 31 de diciembre de 2019. Se validarán las
siguientes condiciones:
Contribuyente activo y habido.
Tributos afectos al Régimen.
Declaración jurada pago mensual – NRUS de los seis meses
anteriores al mes de generación de la solicitud de autorización de impresión.
Teléfono móvil y correo.
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