martes, 26 de septiembre de 2017

SUNAT PLANTEA ELIMINAR EL NRUS

Para la Sunat, el Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) creado para los pequeños comerciantes y productores, “ya cumplió su ciclo”, por lo que plantea su eliminación, dado que “no genera reglas para la formalidad”.

Víctor Shiguiyama, jefe de la Sunat, advirtió que este régimen nació hace 23 años cuando el país se hallaba en crisis y con altos niveles de informalidad tributaria, situación totalmente opuesta al panorama actual. “Hoy la presión tributaria alcanza los 15 puntos del PBI, mientras que en los 90 apenas rozaba los 4 puntos, incluso en ese tiempo (el PBI) estaba por debajo de los S/ 100,000 millones hoy casi llega a los S/700,000 millones, era otro país”.




El NRUS permite, a las micro y pequeñas empresas (mypes) con ingresos brutos o adquisiciones mensuales hasta S/ 5,000 pagar S/ 20 mensuales al fisco. En esa línea, el máximo representante de la administración tributaria alertó que desde su creación – en 1994 – a la fecha el 91% de los contribuyentes del RUS (618,000 micro y pequeñas empresas) declararon S/ 20 al mes. Mientras que 41,000 mypes pagó S/ 50 al mes (categoría 2); 13,000 mypes abonó S/ 200 al mes (categoría 3); 5,000 pequeños comerciantes alrededor de S/ 400 al mes (categoría 4) y 3,000 abonó S/ 600 al fisco (categoría 5). 


Lo que implica que no se actualizó el monto (del impuesto) con la inflación u otros factores. Si lo actualizáramos, debemos estar hablando de S/ 60 u S/ 70 al mes (de impuesto)”, afirmó Shiguiyama. A este panorama se suma que más del 50% de las empresas en el NRUS tienen hasta 5 años de vida. “Lo que significa que se están quedando en un régimen que es temporal y que no integra a las empresas a la economía, eso es un gran problema ya que no las impulsa a crecer, por lo que se quedan pequeñitas”, explicó. (Ver foto)


En concreto para la Sunat, el NRUS es un régimen que no genera reglas para la formalidad porque no incentiva a comprar formal y tampoco promueve en los pequeños comerciantes y productores llevar un registro de compras, lo que es parte del problema.




¿La posición de la Sunat es que se elimine el NRUS? “Si, nosotros creemos que el NRUS ya cumplió su ciclo”, explicó Shiguiyama. Ante lo cual, detalló que se está discutiendo con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y con el Congreso esta posibilidad. “Hemos venido discutiendo esto con el MEF y con el parlamento a nivel de ideas porque, como comprenderá, un cambio de esta naturaleza no es sencillo y hay que entender que esto es un proceso”, remarcó Shiguiyama.

“Lo que nosotros planteamos es pensar en un modelo que sea realmente simple, y eso puede significar reinventar todo esto. Creo que es momento de pensar en cómo hacemos para que el contribuyente tenga beneficios para ser formal”, precisó. Por ejemplo – prosiguió – las personas naturales no tienen ningún incentivo para pedir su boleta o comprobante de pago o en el caso de RUS, que son alrededor de 400,000 empresas pequeñas, tampoco cuentan con incentivos para pedir su factura de compra. “Es necesario, entonces, que todos tengan incentivos positivos, (ya que) no solamente la fiscalización va resolver el problema”, puntualizó. 


Fuente: Diario Gestión 23/09/2017








jueves, 21 de septiembre de 2017

CONSULTA DE OBLIGADOS DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS











¿Que es el Programa de Envío de Información – PEI?

El Programa de envío de información – PEI es aplicativo informático desarrollado por la SUNAT que facilita el envío de información a la SUNAT, a través de archivos (de forma similar al PLE). Se encuentra disponible para su descarga desde el 1 de agosto del año 2017.  
Es utilizado para enviar a la SUNAT:
  • Resumen de comprobantes impresos, en casos de contingencia. 
  • Resumen diario de comprobantes de retención.
  • Resumen diario de comprobantes de percepción.
  • Ticket POS.


El resumen de comprobantes impresos se utilizará también para informar la declaración a que se refiere el numeral 4.2 del artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 123-2017/SUNAT (que corresponde a la deducción del impuesto a la renta para personas naturales, por arrendamiento de inmuebles a empresas). 

¿QUÉ ES EL REMYPE?

El REMYPE está dirigido a todas aquellas empresas que reúnen la condición de microempresa y pequeñas empresas MYPE y a las juntas o agrupaciones de propietarios o inquilinos para que accedan a los beneficios que la Ley MYPE les brinda.

¿DÓNDE SE REALIZA LA INSCRIPCIÓN DE LAS MYPE?
El trámite de la inscripción se realiza en línea, a través de la página del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Las juntas, asociaciones o agrupaciones de propietarios o inquilinos se inscriben vía web, adjuntando la documentación requerida.




¿QUIÉN ME BRINDA INFORMACIÓN SOBRE LA INSCRIPCIÓN DE LAS MYPE?
En los casos de atención de consultas, las oficinas de las Direcciones de Promoción del Empleo y Formación Profesionales en las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, son las encargadas de absolver las consultas respeto a la inscripción en la web del MTPE.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?
Los requisitos para inscribirse en el sistema son los siguientes:

·         El RUC de la empresa debe encontrarse vigente.
·         Tener el Usuario y Clave SOL.
·         Tener como mínimo un trabajador.
·         No pertenecer al rubro de bares, discotecas, casinos y juegos de azar.

En el caso de personas jurídicas constituidas como juntas, asociaciones, agrupaciones de propietarios o inquilinos en régimen de propiedad horizontal o condominio habitacional deseen registrarse, deberán presentar información adicional ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo:

·         Archivo en PDF sobre el Acta de Elección del Presidente de la Junta
·         Planilla de trabajadores

¿QUIÉN ME BRINDA INFORMACIÓN SOBRE LA INSCRIPCIÓN DE LAS MYPE?
En los casos de atención de consultas, las oficinas de las Direcciones de Promoción del Empleo y Formación Profesionales en las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, son las encargadas de absolver las consultas respeto a la inscripción en la web del MTPE.



¿CUÁL ES EL COSTO DEL TRÁMITE?
El trámite ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo es gratuito.

¿PUEDO REALIZAR MODIFICACIONES AL REGISTRO DE LA MYPE?
El micro o pequeño empresario, podrá realizar modificaciones respecto a las altas y bajas de sus trabajadores, ingresando a la web del MTPE, con su RUC y su Clave SOL. 

Puede modificar al representante legal de la empresa, sólo ingresando su RUC y Clave SOL, este dato se modifica automáticamente con la información declarada en la SUNAT.

miércoles, 6 de septiembre de 2017

PPT: BENEFICIOS PARA LAS MYPES - SUNAT

Aquí encontrarás información detallada acerca de los requisitos que deben cumplirse para formar parte del Régimen MYPE Tributario, así como de la oportunidad para ejercer la opción de acogimiento. También te damos un alcance de las tasas a pagar por concepto de Impuesto a la Renta, y de los supuestos en los cuales es factible suspender los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta.

Asimismo, encontrarás la información necesaria para acogerte al beneficio del IGV Justo, Aplazamiento y/o Fraccionamiento del IGV y del Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas – REMYPE.