En vista que no hubo ninguna modificación normativa hasta el 31 de diciembre pasado, los regímenes tributarios que se mantienen vigentes son; NRUS, Régimen Especial y Régimen General y el Régimen
MYPE Tributario.
A continuación te presentamos un cuadro comparativo de los cuatro regímenes:
A continuación te presentamos un cuadro comparativo de los cuatro regímenes:
CONCEPTOS
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NRUS
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RER
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RMT
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RG
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PERSONA NATURAL
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Sí
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Sí
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Sí
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Sí
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PERSONA JURÍDICA
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No
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Sí
|
Sí
|
Sí
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LÍMITE DE
INGRESOS
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Hasta S/. 96,000 anuales u S/ 8,000 mensuales.
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Hasta S/.525,000 anuales.
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Ingresos netos que no superen 1700 UIT en el
ejercicio gravable (proyectado o del ejercicio anterior).
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Sin límite
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LÍMITE DE
COMPRAS
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Hasta S/. 96,000 anuales u S/. 8,000 mensuales.
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Hasta S/.525,000 anuales.
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Sin límite
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Sin límite
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COMPROBANTES QUE
PUEDEN EMITIR
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Boleta de venta y tickets que no dan derecho a
crédito fiscal, gasto o costo.
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Factura, boleta y todos los demás
permitidos.
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Factura, boleta y todos los demás
permitidos.
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Factura, boleta y todos los demás
permitidos.
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DJ ANUAL - RENTA
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No
|
No
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Sí
|
Sí
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PAGO DE TRIBUTOS
MENSUALES
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Pago mínimo S/ 20 y máximo S/50, de acuerdo a una
tabla de ingresos y/o compras por categoría.
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Renta: Cuota de 1.5% de ingresos netos
mensuales (Cancelatorio).
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Renta: Si no superan las 300 UIT de ingresos
netos anuales: pagarán el 1% de los ingresos netos obtenidos en el mes.
Si en cualquier mes superan las 300 UIT de ingresos netos anuales
pagarán 1.5% o coeficiente.
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Renta: Pago a cuenta mensual. El que
resulte como coeficiente o el 1.5% según la Ley del Impuesto a la Renta.
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El IGV está incluido en la única cuota que se
paga en éste régimen.
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IGV: 18% (incluye el impuesto de promoción
municipal).
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IGV: 18% (incluye el impuesto de promoción
municipal).
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IGV: 18% (incluye el impuesto de promoción
municipal).
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RESTRICCIÓN POR TIPO DE ACTIVIDAD
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Si tiene
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Si tiene
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No tiene
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No tiene
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TRABAJADORES
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Sin límite
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10 por turno
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Sin límite
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Sin límite
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VALOR DE ACTIVOS FIJOS
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S/ 70,000
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S/ 126,000
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Sin límite
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Sin límite
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POSIBILIDAD DE
DEDUCIR GASTOS
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No tiene
|
No tiene
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Si tiene
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Si tiene
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PAGO DEL IMPUESTO
ANUAL EN FUNCIÓN A LA UTILIDAD
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No tiene
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No tiene
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Si tiene
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Si tiene
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Una vez decidido el régimen, si eres un contribuyente que recién vas a iniciar tu
negocio las reglas de acogimiento para cada uno de los regímenes son las siguientes:
Acogimiento
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NRUS
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RER
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RMT
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RG
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Requisitos
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Sólo con la afectación al momento de la
inscripción.*
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Con la declaración y pago mensual.
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Con la declaración mensual que corresponde al mes
de inicio de actividades.*
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Sólo con la declaración mensual.
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*Siempre que se efectúe dentro de la fecha de
vencimiento
Una vez acogido a los regímenes mencionados, los
medios para cumplir con las obligaciones de declaración y pago son las
siguientes:
Medios de declaración y Código de Tributos
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NRUS
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RER
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RMT
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RG
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Medios de declaración
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FV 1611
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FV1611
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FV 1621
FV Simplificado 1621 Declara Fácil PDT 621 |
FV 1621
FV Simplificado 1621 Declara Fácil PDT 621 |
Código de tributo (pago mensual)
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1ra Categoría
4131
2da categoría
4132
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3111
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3121
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3031
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