sábado, 7 de enero de 2017

Declaran el Año 2017 como el “Año del Buen Servicio al Ciudadano”

Declaran el Año 2017 como el “Año del Buen Servicio al Ciudadano”


Mediante el DECRETO SUPREMO N° 002-2017-PCM, se publicó la denominación del año 2017; en el cual se decreta:

Artículo 1.- Declárese el año 2017 como el “Año del Buen Servicio al Ciudadano”.

Artículo 2.- Durante el año 2017 se consignará dicha frase en los documentos oficiales.

Artículo 3.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.

viernes, 6 de enero de 2017

Designan nuevos emisores electrónicos del SEE - Sunat 2017

LA SUNAT DESIGNA NUEVOS EMISORES ELECTRÓNICOS

De conformidad con la Resolución de Superintendencia Nro. 192-2016/SUNAT; la Administración Tributaria designó nuevos emisores electrónicos a partir del 01 de enero del 2017, dicha resolución fue publicada el 02 de agosto del 2016 que consta de un solo articulo en el que detalla lo siguiente:


Artículo 1. Se designan emisores electrónicos del Sistema de Emisión Electrónica:

  • 1.1 Desígnase, desde el 1 de enero de 2017, a los sujetos comprendidos en el anexo de la presente resolución como emisores electrónicos del Sistema de Emisión Electrónica, creado por el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N.° 300-2014/SUNAT y normas modificatorias. 
  • 1.2 Los sujetos señalados en el párrafo anterior deben emitir facturas electrónicas, notas de crédito electrónicas y notas de débito electrónicas en el referido sistema, considerando lo estipulado en la normativa general que regula su emisión electrónica.

Gastos deducibles de Personas Naturales que generan rentas del trabajo (4ta y/o 5ta categoría) - Decreto Legislativo 1258 y D.S N° 399-2016-EF

Gastos deducibles de Personas Naturales que generan rentas del trabajo (4ta y/o 5ta categoría) - Decreto Legislativo 1258 y D.S N° 399-2016-EF

Aquí encontrarán un esquema de cómo se realizará la deducción de los gastos para personas naturales que generan rentas de trabajo, de acuerdo a lo que la Sunat va a reglamentar modificando el reglamento de comprobantes de pago.


Los gastos de hasta 3 UIT (S/. 12,150) por el exceso de 7 UIT (S/. 28,350) en los siguientes rubros podrán ser sujetos a deducción adicional:

Concepto deducible
Porcentaje de deducción
Condiciones para el gasto
Documento sustentatorio (Proyecto de RS de CDP vigente a partir del 01.02.17)
Medio de remisión a SUNAT

Arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles
30%




Uso de medio de pago sin importar el monto[1].

Emisor no esté de baja en el RUC.
Emisor no esté como no habido (salvo levante la condición al 31.12).



FV 1683


Facturas físicas
Documento autorizado papel hasta el 30.06.

A partir del 1.07 Factura electrónica y envío de información de comprobante en papel a través del PEI (Plataforma de Envío de información – Nuevo desarrollo)

Red bancaria – carrito SOL

SEE Portal o desde los sistemas del emisor
PEI desde el emisor
(El proyecto de RS de CDP señala como condición para el gasto que el CDP indique que es gasto deducible de PN)

Intereses de créditos hipotecarios de primera vivienda
100%

No esté de baja en el RUC.


Emisor no esté como no habido (salvo levante la condición al 31.12).


Documento autorizado papel hasta el 30.06.

A partir del 1.07 Factura Electrónica y envío de comprobantes en papel a través del PEI (Plataforma de Envío de información – Nuevo desarrollo)

SEE desde los sistemas del emisor
PEI desde el emisor
(El proyecto de RS de CDP señala como condición para el gasto que el CDP indique que es gasto deducible de PN)

Servicios de cuarta categoría de Médicos y odontólogos
30%

Uso de medios de pago sin importar el monto 1.

El emisor tiene la opción en el Portal de registrar el medio de pago utilizado. Debe usar la opción para que el usuario tenga el gasto.

No esté de baja en el RUC.
Emisor no esté como no habido (salvo levante la condición al 31.12).


RH físico


RHE a partir del 01.03 y envío de información a través del Registro de RH Físicos.
Campo “Paciente” para consignar al derecho habiente (hijo menor a 18 años, hijo mayor a 18 con discapacidad registrado en Conadis, esposo y concubino)




SEE desde el Portal o app SUNAT por el emisor.
(El proyecto de RS de CDP señala como condición para el gasto que el CDP indique que es gasto deducible de PN)

Profesiones de cuarta categoría del DS 399-2016-EF: Abogado, analista de sistemas y computación, arquitecto, enfermero, entrenador deportivo, enfermero, entrenador deportivo, fotógrafo y operadores de cámara, cine y tv, ingeniero, interprete y traductor, nutricionista, obstetriz, psicólogo, tecnólogos médicos y veterinarios.
30%

Uso de medio de pago sin importar el monto1.

El emisor tiene la opción en el Portal de registrar el medio de pago utilizado. Debe usar la opción para que el usuario tenga el gasto.

No esté de baja en el RUC.
Emisor no esté como no habido (salvo levante la condición al 31.12).



RH físico


RHE a partir del 01.03 y envío de información a través del Registro de RH Físicos




SEE desde el Portal o app SUNAT por el emisor.
(El proyecto de RS de CDP señala como condición para el gasto que el CDP indique que es gasto deducible de PN)

Essalud de trabajadores del hogar
100%


FV 1676

Red bancaria – carrito SOL




[1] Depósito en cuenta, Giro, Transferencia de Fondos, Orden de Pago, Tarjeta de Débito, Tarjeta de crédito emitida en el país por una empresa del sistema financiero, Cheque con la clausula de No negociable - intransferible, no a la orden o similar, Tarjetas de crédito emitida o no en el país por entes ajenos al Sistema Financiero, Tarjetas de crédito emitidas en el exterior por bancos o financieras no domiciliadas.

CRONOGRAMA DE VENCIMIENTOS 2017 - SUNAT

CRONOGRAMA DE VENCIMIENTOS 2017 - SUNAT

La Sunat publicó a través de la Resolución de Superintendencia Nº 335-2016 los cronogramas de vencimientos para las obligaciones mensuales y también las fechas máximas de atraso para el envío de los libros electronicos.

En esta ocasión te presentamos el cronograma de obligaciones mensuales del 2017, en donde Los deudores tributarios cumplirán con realizar el pago de los tributos de liquidación mensual, cuotas, pagos a cuenta mensuales, tributos retenidos o percibidos, así como con presentar las declaraciones relativas a los tributos a su cargo administrados y/o recaudados por la SUNAT, correspondiente a los períodos tributarios de enero a diciembre del año 2017, de acuerdo con el cronograma detallado en el anexo I, el mismo que forma parte de la presente resolución.


jueves, 5 de enero de 2017

Cómo emitir un Recibo por Honorarios Electrónico

Cómo emitir un Recibo por Honorarios Electrónico

PRIMERO Debes acceder a www.sunat.gob.pe y seleccionar la opción de TRÁMITES Y CONSULTAS en Sunat Operaciones en Línea.



SEGUNDO Debes acceder a Sunat Operaciones en Línea, digitando tu RUC, USUARIO y CONTRASEÑA.



TERCERO Debes seleccionar la opción de "Emision de Recibos por Honorarios"


CUARTO Debes leer las obligaciones que vas a adquirir al ser emisor electrónico. Clic en continuar.


QUINTO Debes ingresar el nro. de RUC de tu empleador, haces clic en validar (debe cargar el nombre o rezón social del empleador), clic en continuar.


SEXTO Debes llenar el concepto del servicio prestado, marcar si estás afecto a la retención de cuarta categoría (SI o NO) y consignar el monto del servicio prestado, clic en continuar.


SÉPTIMO Por último tendrás una pantalla previa a la emisión de tu RxH, por lo que debes revisar la información consgnada, de estar correcta, debes hacer clic en emitir recibo.