lunes, 5 de junio de 2017

¿Qué es la Declaración de Predios?

Es una Declaración Informativa que se presenta anualmente ante la SUNAT, donde se da a conocer la cantidad de predios que una persona posee al 31 de diciembre de cada año.
El concepto de predio abarca cualquier tipo de terreno urbano, rústico o rural como una casa, departamento, cochera, depósito, chacra etc.
¿Quiénes son los obligados a declarar?
Las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas domiciliadas o no en el país, inscritas o no en el RUC, que al 31 de diciembre de 2016, hayan sido propietarias de:
·         Dos o más predios, cuya suma de autoavalúos (correspondientes al 2017) superan los S/ 150,000; ó
·         Dos o más predios que cediste para realizar alguna actividad económica o
·         Un solo predio con las siguientes características:
·         Valor superior a S/ 150,000

·    Con subdivisiones y/o ampliaciones efectuadas para cederlas a terceros de forma gratuita u onerosa y que no fueron inscritas en Registros Públicos.


¿Cómo se valorizan los predios?
Se considera el autoavalúo determinado para el impuesto predial del año 2017.
En caso el declarante posea predios fuera del país, también deberá declararlos. El sistema de la declaración hará la conversión a moneda nacional, según el tipo de cambio que corresponda.
¿Qué personas no están obligadas?
Los propietarios que al 31 de diciembre de 2016, tengan hasta tres predios comprendidos en el régimen de propiedad exclusiva y común (Condominios) siempre que estén destinados a vivienda, a cochera y/o depósito y se encuentren ubicados en una misma edificación.
Los cónyuges con regímenes de separación de bienes patrimoniales que únicamente sean propietarios, entre los dos, de hasta tres predios con iguales características a los señalados en el párrafo anterior.
¿Cómo se declaran los Predios?
Las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas que tengan RUC y posean hasta veinte (20) predios:
·         Formulario Virtual N° 1630 o
·         PDT Predios N° 3530. En caso tengan más de veinte (20) predios:
·         PDT Predios N° 3530. En caso el declarante no tenga RUC:
·         Generan su PDT N° 3530 y luego lo presentan mediante un USB o CD ante las dependencias de la SUNAT o en los Centros de Servicios al Contribuyente.






Fecha de vencimiento:

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