Es una Declaración Informativa que se presenta anualmente ante la SUNAT,
donde se da a conocer la cantidad de predios que una persona posee al 31 de
diciembre de cada año.
El concepto de predio abarca cualquier tipo de terreno urbano, rústico o
rural como una casa, departamento, cochera, depósito, chacra etc.
¿Quiénes
son los obligados a declarar?
Las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas
domiciliadas o no en el país, inscritas o no en el RUC, que al 31 de diciembre
de 2016, hayan sido propietarias de:
·
Dos o más predios, cuya suma de
autoavalúos (correspondientes al 2017) superan los S/ 150,000; ó
·
Dos o más predios que cediste para
realizar alguna actividad económica o
·
Un solo predio con las siguientes
características:
·
Valor superior a S/ 150,000
· Con subdivisiones y/o ampliaciones
efectuadas para cederlas a terceros de forma gratuita u onerosa y que no fueron
inscritas en Registros Públicos.
¿Cómo
se valorizan los predios?
Se considera el autoavalúo determinado para el impuesto predial del año
2017.
En caso el declarante posea predios fuera del país, también deberá
declararlos. El sistema de la declaración hará la conversión a moneda nacional,
según el tipo de cambio que corresponda.
¿Qué
personas no están obligadas?
Los propietarios que al 31 de diciembre de 2016, tengan hasta tres
predios comprendidos en el régimen de propiedad exclusiva y común (Condominios)
siempre que estén destinados a vivienda, a cochera y/o depósito y se encuentren
ubicados en una misma edificación.
Los cónyuges con regímenes de separación de bienes patrimoniales que
únicamente sean propietarios, entre los dos, de hasta tres predios con iguales
características a los señalados en el párrafo anterior.
¿Cómo
se declaran los Predios?
Las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas que
tengan RUC y posean hasta veinte (20) predios:
·
Formulario Virtual N° 1630 o
·
PDT Predios N° 3530. En caso tengan
más de veinte (20) predios:
·
PDT Predios N° 3530. En caso el
declarante no tenga RUC:
·
Generan su PDT N° 3530 y luego lo
presentan mediante un USB o CD ante las dependencias de la SUNAT o en los
Centros de Servicios al Contribuyente.
Fecha de vencimiento:
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