sábado, 1 de abril de 2017

INDEPENDIENTES DEBERÁN EMITIR RECIBO POR HONORARIOS DE MANERA OBLIGATORIA

Desde el 1 de abril de este año, si eres trabajador independiente deberás emitir tus recibos por honorarios de manera electrónica por el servicio que prestes a cualquier ciudadano o contribuyente.


De manera excepcional, si no puede emitir el recibo por honorarios electrónico, por causas ajenas a ti que impidan la emisión electrónica, como por ejemplo, un desastre natural, podrás emitir el recibo por honorario de manera impresa. En este caso, deberás registrarlo en SUNAT Operaciones en Línea en la opción “Registro del Recibo por Honorario Físico”, así como los pagos recibidos en la opción “Registro de Pagos”.
Desde el 1 de abril del presente año, los trabajadores independientes que brinden servicios a personas o empresas o instituciones deberán emitir solo sus recibos por honorarios electrónicos, así lo sostiene la Sunat.
“Para emitir el recibo por honorarios electrónico, el trabajador independiente debe contar con su número de RUC vigente. El trámite es gratuito en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente, tan solo deberá exhibir su documento de identidad actualizado”, sostiene.
La emisión electrónica de los recibos por honorarios se puede hacer a través de Sunat Operaciones en Línea (SOL), ingresando al portal www.sunat.gob.pe, con su Código de Usuario y Clave SOL, seleccionando la opción “Sistema de Emisión Electrónica” o desde un smartphone con el APP Sunat.

Beneficios del Recibo por Honorarios Electrónico, según la Sunat:
1)   Pueden enviarse o reenviarse de forma inmediata por correo electrónico.
2)   Ya no se corre el riesgo de perderlos o que se maltraten.
3)   Se emiten con facilidad y rapidez.
4)   Facilita el control de ingresos.
5)   Se emiten y consultan desde cualquier lugar, a cualquier hora del día.
Por otro lado, a partir del 01.01.2017 ya no es obligatorio de llevar el Libro de Ingresos y Gastos físico o electrónico.

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