Desde el 1 de abril de este año, si eres
trabajador independiente deberás emitir tus recibos por honorarios de manera
electrónica por el servicio que prestes a cualquier ciudadano o contribuyente.
De manera excepcional, si no puede emitir el recibo por
honorarios electrónico, por causas ajenas a ti que impidan la emisión
electrónica, como por ejemplo, un desastre natural, podrás emitir el recibo por
honorario de manera impresa. En este caso, deberás registrarlo en SUNAT
Operaciones en Línea en la opción “Registro del Recibo por Honorario Físico”,
así como los pagos recibidos en la opción “Registro de Pagos”.
Desde el 1 de abril del presente año, los trabajadores
independientes que brinden servicios a personas o empresas o instituciones
deberán emitir solo sus recibos por honorarios
electrónicos, así lo sostiene la Sunat.
“Para emitir el recibo por honorarios
electrónico, el trabajador independiente debe contar con su número
de RUC vigente. El trámite es gratuito
en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente, tan solo deberá exhibir su
documento de identidad actualizado”, sostiene.
La emisión electrónica de los recibos por honorarios se
puede hacer a través de Sunat Operaciones en Línea (SOL), ingresando al portal www.sunat.gob.pe, con su Código de
Usuario y Clave SOL, seleccionando la opción “Sistema de
Emisión Electrónica” o desde un smartphone con el APP Sunat.
Beneficios del Recibo por Honorarios Electrónico, según la Sunat:
1)
Pueden enviarse o reenviarse de forma inmediata por correo
electrónico.
2)
Ya no se corre el riesgo de perderlos o que se maltraten.
3)
Se emiten con facilidad y rapidez.
4)
Facilita el control de ingresos.
5)
Se emiten y consultan desde cualquier lugar, a cualquier hora
del día.
Por otro lado, a partir del 01.01.2017 ya no es obligatorio
de llevar el Libro de Ingresos y Gastos físico o electrónico.
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