La Factura es
un comprobante de pago emitida por el vendedor o prestador de servicios en las
operaciones de venta de bienes y prestación de servicios que generan rentas de
Tercera Categoría, de acuerdo con el Impuesto a la Renta.
La Factura
Electrónica es la misma Factura que se emite de manera física, con la
diferencia de que se genera a través del Sistema de Emisión Electrónica (SEE)
en SUNAT Operaciones en Línea – SOL, siendo necesario para ello contar con
código de usuario y clave de acceso, conocida como CLAVE SOL.
Tiene como
principales características:
- La
emisión es GRATUITA.
- Es un
documento electrónico que tiene todos los efectos tributarios del tipo de
comprobante de pago FACTURA; es decir, sirve para sustentar costos
ó gastos, así como para utilizar el crédito fiscal.
- La
serie es alfanumérica, y su numeración es correlativa y generada por el
sistema.
- Se
emite a favor del adquiriente que cuente con RUC, salvo en el caso de las
facturas electrónicas emitidas a sujetos no domiciliados por las operaciones
de exportación.
- No se
puede utilizar para sustentar el traslado de bienes.
- La
SUNAT garantiza la autenticidad del documento emitido desde su portal.
pues este cuenta con mecanismos de seguridad.
REQUISITOS PARA SER
EMISOR ELECTRÓNICO
Para que puedan
ser emitidos el contribuyente deberá:
- Tener
la condición de domicilio fiscal habido para efectos del RUC.
- No
encontrarse en estado de suspensión temporal de actividades o de baja de
Inscripción.
- Contar
con Clave SOL.
Operatividad
Para la emisión
de una Factura desde SOL, el contribuyente debe ingresar con su Clave SOL a
SUNAT Operaciones en Linea, rubro trámites y consultas, allí ubicar el
modulo Comprobantes de Pago / Sistemas de Emisión Electrónica desde SOL y
seleccionar el desplegable Factura Electrónica Portal. De
allí en adelante podrá generar su factura seleccionando los campos solicitados
e ingresando la información requerida. Finalizado ello, podrá previsualizar la
factura a emitirse y proceder a emitirla.
CONSIDERACIONES ADICIONALES:
Otorgamiento: La
factura se considera otorgada en el momento de su emisión. En las
operaciones de exportación se otorgará mediante su remisión al correo
electrónico del adquiriente.
La oportunidad de emisión de la factura electrónica se regula
por lo dispuesto en el artículo 5° de la Resolución de Superintendencia N°
007-1999/SUNAT, salvo lo dispuesto en el segundo párrafo del numeral 1 de dicho
artículo.
En el caso que la transferencia sea concertada por Internet,
teléfono, telefax u otros medios similares, en los que el pago se efectúe
mediante tarjeta de crédito o de débito y/o abono en cuenta con anterioridad a
la entrega del bien, la factura electrónica deberá emitirse en la fecha en que
se reciba la conformidad de la operación por parte del administrador del medio
de pago o se perciba el ingreso, según sea el caso.
Conservación: El almacenamiento, archivo y conservación está a cargo de la
SUNAT a través de Sistema en sustitución del emisor electrónico y del
adquiriente.
Rechazo: Quien recibe la factura puede rechazarla a través del sistema
hasta el noveno día hábil del mes siguiente de su emisión si quien recibe no es
el adquiriente o se ha consignado una descripción que no corresponde a la
operación.
PREGUNTAS FRECUENTES
OPCIONES
DE CONSULTA
La SUNAT ha
puesto a disposición consultas de la información de las facturas, boletas de
venta y notas de crédito y débito asociadas, y guías de remisión.
Para ello debe
tener en cuenta lo siguiente:
a) Consultas sin CLAVE SOL
La Consulta de validez del CPE está a disposición del público en
general en el Portal de la SUNAT en el modulo Opciones sin Clave SOL, a través
de la cual sólo se indicará que determinada factura o boleta de venta o notas
de crédito y débito han sido informadas a SUNAT. Para ello el sistema
solicitará determinada información del comprobante de pago.
b) Consultas con CLAVE SOL
Estas consultas
están habilitadas para los usuarios emisores o receptores que cuenten con Clave
SOL a través de las cuales podrán consultar las facturas, boletas de
venta o sus notas de crédito y débito relacionadas así como guías de
remisión, emitidas y recibidas.
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