Características del Régimen Mype Tributario - NRUS - RER
Decretos Legislativos N.°s 1269 y 1270 (20.12.2016)
Decretos Supremos N.°s 402 y 403-2016-EF (31.12.2016)
El Ejecutivo, mediante la Ley N.° 30506 (09.10.2016) adquirió Facultad para establecer un régimen jurídico-tributario especial para las micro y pequeñas empresas, incluyendo tasas progresivas aplicadas a la utilidad o los ingresos, a elección de cada contribuyente, en donde el ejecutivo:
- No podrá legislarse en materia de declaración y pago del Impuesto General a las Ventas (IGV),
- No modificar el Nuevo RUS respecto a la Categoría Especial ni Categorías 1 y 2 en lo referente al importe de la cuota y tramos de ingresos por compras y ventas.
Asimismo, el Ejecutivo emitió diversos Decretos Legislativos para establecer la reforma tributaria, en donde el nuevo esquema para tributar en tercera categoría es el siguiente:
CARACTERISTICAS DEL RÉGIMEN MYPE TRIBUTARIO (RMT)
UNIVERSO
COMPRENDIDO
Contribuyentes domiciliados que obtengan rentas de tercera categoría cuyos ingresos netos en el ejercicio gravable no superen las 1 700 UIT.
Contribuyentes domiciliados que obtengan rentas de tercera categoría cuyos ingresos netos en el ejercicio gravable no superen las 1 700 UIT.
SUJETOS
NO COMPRENDIDOS – EXCLUSIONES
üQuienes tengan vinculación directa o indirecta en función al
capital y cuyos
ingresos conjuntos superen 1 700 UIT.
ingresos conjuntos superen 1 700 UIT.
üSucursales, agencias o cualquier
otro establecimiento permanente (contribuyente
Tipo 29).
Tipo 29).
üQuienes en el ejercicio anterior hayan obtenido ingresos netos anuales superiores
a 1 700 UIT.
a 1 700 UIT.
ACOGIMIENTO AL RMT
ESQUEMA RMT
Libros
–
Hasta 300 UIT:
Registro de Ventas, Registro
de Compras,
Libro Diario de Formato Simplificado
–
Más de 300 UIT: De acuerdo al Régimen General
–
Gastos
igual que el Régimen General, salvo los siguientes gastos cuyos requisitos formales han
sido atenuados:
a)Gastos
por depreciación - Libro Diario de Formato Simplificado
b)Castigos
por deudas incobrables y las provisiones equitativas por el mismo concepto -
Libro Diario de Formato Simplificado
c)Desmedros
de existencias
DECLARACION:
a)
Declaración mensual
Formulario 0621 (PDT y virtuales)
b) Declaración anual:
Se
generará
formulario oportunamente
PAGO: Para todos los casos
Sistema de
Pagos red Bancaria Boleta de Pago 1662
Número Pago de SUNAT NPS
CÓDIGO:
031201 –
RMTMYP (Renta –
Régimen MYPE Tributario)
NUEVO RÉGIMEN ÚNICO SIMPLIFICADO (NRUS) - Decreto Legislativo Nro. 1270
Reduce las categorías del Régimen a:
– Categoría Especial (NRUS)
– Categorías 1 y 2
- Límite anual de Ingresos Brutos / Adquisiciones = S/ 96,000.00 Soles
- Límite mensual de Ingresos Brutos / Adquisiciones = S/ 8,000.00 Soles
- EIRLs excluidas del NRUS
ACOGIMIENTO AL NRUS
RÉGIMEN ESPECIAL DE RENTA (RER) - Decreto Legislativo Nro. 1269
ACOGIMIENTO AL RER
Muy buena información, gracias.
ResponderEliminarfavor de compartir, para que más personas puedan tener acceso a la info.
Eliminarsaludos.
EXCELENTE INFORMACIÓN ..
ResponderEliminarfavor de compartir, para que más personas puedan tener acceso a la info.
Eliminarsaludos.
Gracias, Excelente!
ResponderEliminarfavor de compartir, para que más personas puedan tener acceso a la info.
Eliminarsaludos.
excelente
ResponderEliminar