Decreto Legislativo 1258: Modifica la Ley del Impuesto a la Renta
DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA DE TRABAJO
DEDUCIBILIDAD DE LOS GASTOS ADICIONALES
Siempre que:
– Estén sustentados en CdP que otorguen derecho a deducir gasto y sean emitidos electrónicamente y/o en recibos por arrendamiento.
– El pago del servicio, incluyendo el IGV y el IPM, se realice utilizando los medios de pago independientemente del monto de la contraprestación. • El MEF mediante D.S. podrá establecer excepciones
OBLIGACIÓN A LLEVAR LIBROS CONTABLES
CALCULO DE RETENCIONES DE 5TA CATEGORÍA
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